La Autonomía Indígena es la facultad que tienen los pueblos indígenas de organizar y dirigir su vida interna, de acuerdo a sus propios valores, instituciones, y mecanismos, dentro del marco del Estado del cual forman parte.
James Anaya

Es decir que la Autonomía indígena es la capacidad y la manera de autogobernarse; y tiene como bases:
▀ el territorio,
▀ el gobierno propio y su autonomía para cumplir sus funciones en el territorio,
▀ y la identidad cultural.

La Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas (ONU, 2007) establece su derecho a la Autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios necesarios para financiar sus funciones autónomas (Art. 4). Por lo tanto, el concepto de Autonomía también incluye la relación con el Estado, y el modo de obtener recursos económicos a través de la coparticipación.

El proceso de conformación de Autonomías Indígenas se ha iniciado en países como Bolivia y Ecuador, que recientemente modificaron sus Constituciones Nacionales incluyendo este nuevo derecho. Allí, las organizaciones y pueblos indígenas tienen legítimo derecho a constituir sus propios Gobiernos Autónomos, y para ello se plantean dos opciones o modelos de Gobierno:

a) Un modelo de Gobierno Autonómico con todos los poderes constituidos en su interior

Implica que el gobierno indígena ejerza los poderes legislativo, ejecutivo y judicial; es decir que tenga la capacidad para sancionar sus propias leyes, y generar sus propios ingresos, por ejemplo manejando los impuestos y tasas por servicios.
Este es el modelo preferido y demandado por gran mayoría de los Pueblos Indígenas.

b) Un modelo de Gobierno Autonómico limitado

Implica que el gobierno indígena tenga poder ejecutivo, pero con poder legislativo y judicial limitado. En este modelo la Asamblea Nacional o los Congresos Estatales se reservan el derecho de emitir las leyes, y por lo tanto, los indígenas tampoco pueden impartir justicia.
Sin dudas, este segundo modelo es el más aceptado por los Estados Latinoamericanos.

La demanda de los Pueblos Indígenas por constituir sus Gobiernos Autónomos con los 3 poderes sigue vigente; ya que consideran que la posibilidad de sancionar sus propias leyes es clave para ejercer el poder y autoridad. Uno de los principales desafíos es la complejidad que implica la convivencia con personas no indígenas en los mismos territorios, y el análisis de qué tan adecuado es que deban regirse por usos y costumbres que no les son propios.

Las Vías de la Autonomía Indígena
Actualmente se plantean dos vías, caminos o posibilidades para que un territorio indígena pueda ser Autónomo, o para que exista Autonomía Indígena.
La primera es la Vía Municipal, por la cual un municipio donde la mayoría de sus habitantes son indígenas y están de acuerdo en esta decisión, pasa a constituirse en Municipio Indígena.
La segunda es la Vía Territorial. En este caso, un territorio indígena se convierte en Territorio Autónomo, con un Gobierno que ejerce las funciones del Gobierno Municipal (y otras adicionales). Siendo entonces necesario en muchos casos, redefinir los límites políticos municipales para hacerlo coincidir con los límites del territorio indigena.
Para saber más sobre estas vías, visita nuestras secciones sobre la Vía Municipal y la Vía Territorial

Cabe destacar que ciertas realidades pueden requerir que se identifiquen otras vías o figuras de autogobierno o autonomia: es el caso de aquellos pueblos que por su tamaño no tienen posibilidad de satisfacer los requisitos legales (existen pueblos indigenas de no más de 100 o 200 personas), también en los casos en que los territorios indígenas se traslapan con Áreas Protegidas (para saber más visita nuestra sección Superposición de Territorios Indígenas y Áreas Protegidas).